Enciclopedia jurídica

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Seguridad privada

Son las actividades de protección de las personas, bienes y derechos cuyo armónico equilibrio constituye el orden público, realizadas por instancias sociales o agentes privados. Toda vez que dichas actividades constituyen materia propia de las actividades administrativas de policía, la regulación de aquéllas ha de orientarse a la integración funcional de la seguridad privada en el monopolio de la seguridad que corresponde al Estado. En todo caso, los servicios privados de seguridad se estiman como servicios complementarios y subordinados respecto a los de seguridad pública. La regulación de esta materia ha de atender especialmente a los problemas que el crecimiento de empresas de seguridad ha conllevado: el intrusismo, la falta de normas de homologación de productos o la deficiente formación de los vigilantes.

Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad privada.


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