Enciclopedia jurídica

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Reposición contra providencias

Es una modalidad del recurso de reposición de parte que se interpone dentro de los tres días siguientes a aquél en que se dicta la resolución que se impugna. En el escrito de recurso, el recurrente ha de citar la disposición legal infringida. Admitido el recurso, el juez ordena entregar copia a la otra parte litigante que, dentro de un nuevo plazo de tres días, podrá presentar escrito impugnando el recurso. El juez, sin más trámites, resuelve el recurso en el plazo de otros tres días mediante un auto irrecurrible. Este tipo de recurso no da lugar a la suspensión de la resolución impugnada, que se llevará a efecto en todo caso. El mismo procedimiento impugnativo está previsto para el recurso de reposición contra los autos que no sean directamente apelables.

Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 376 a 380.


Reposición (recurso de)      |      Reposición de la quiebra u oposición a