Es la situación de ligamen entre la Administración Pública, de un lado, y el individuo, del otro, estando regulada tal relación por normas jurídicas de carácter administrativo. Constituye el núcleo fundamental del Derecho administrativo. Surge naturalmente en la vida social organizada, como una consecuencia de la función administrativa. Esta, en definitiva, está mayormente integrada por actividades en virtud de las cuales la Administración Pública exige una prestación del individuo, o le impone un deber, o le permite o tolera hacer algo. En cualquier caso, el individuo y la Administración entran en contacto y éste, en cuanto está previsto en las reglas jurídicas, conlleva una relación jurídico-administrativa.
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