Mientras el matrimonio se mantiene unido no interesa el origen del dinero con el cual se pagan los gastos propios o comunes de los cónyuges y su familia.
Pero, en cambio, tiene importancia a la época de la disolución. Surge entonces el problema de las compensaciones en favor del
cónyuge que ha gastado sus bienes en beneficio común o del otro
cónyuge.
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