(Derecho Constitucional) Modo de gobierno de un Estado.
El régimen político resulta de la combinación de muchos elementos, jurídicos unos (marco constitucional, que constituye el régimen político en la acepción estricta de la palabra), y extrajurídicos otros (sistema de partidos, personalización del poder, ideología, etc.).
Conocido también como forma política del Estado, es el sistema de relaciones establecido entre sus diversos elementos constitutivos y, más particularmente, entre los gobernantes y los gobernados. En la actualidad, se consideran formas políticas del Estado: el Estado democrático liberal y sus transformaciones, el Estado autoritario y el Estado marxista. Al establecer la Constitución que la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria, engloba tanto aquélla como la forma o sistema de gobierno. En todo caso, la especial consideración del Rey como árbitro y moderador del funcionamiento regular de las instituciones, abona la valoración de la Corona más como forma de Estado que como forma de gobierno.
Constitución, artículos 1 y 56.
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