Es la situación jurídica en que se encuentra el poseedor que, por gozar de la protección posesoria, tiene defendida la apariencia de un derecho. La protección de la posesión se proyecta sobre un hecho con independencia de que exista el derecho cuya apariencia justifica o explica el estado posesorio. La ley protege los derechos subjetivos a base de mantener, en primer lugar, su apariencia. Por tanto, las situaciones jurídicas que se exteriorizan de forma sensible son amparadas, primeramente, por el hecho de su misma exteriorización. En todo caso, el poseedor goza, además, de las ventajas del derecho de propiedad sobre la cosa poseída.
Código civil, artículos 436, 441, 446, 448, 449, 459 y 466.
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