Todo proceso de ejecución ha de fundamentarse en un título de ejecución que es la declaración de voluntad judicial, generalmente una sentencia. Según sea el contenido de ésta, el proceso de ejecución se canaliza por la variante del mismo que corresponda. El proceso arquetípico u ordinario es aquél en el cual la pretensión es obtener la entrega de una cantidad de dinero; es el denominado de ejecución expropiativa. Frente al mismo están los procesos de ejecución extraordinarios, entre los que cabe señalar, según sea la clase de título en que se apoye la pretensión: (1) si el título permite reclamar la entrega de una cosa específica, se tratará de una ejecución satisfactiva, (2) si el título permite obtener del juez un hacer o un deshacer forzosos, se estará ante una ejecución transformativa.
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