Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Pluralidad de pretensiones

Es el resultado del proceso cumulativo. Cuando las diversas pretensiones formuladas deben satisfacerse de manera conjunta, se dice que hay pluralidad simple de pretensiones. Cuando el actor, aun formulando dos o más pretensiones, solicita que se realice solamente una cualquiera de ellas, se trata de la pluralidad alternativa de pretensiones. Y si el actor, además de formular una pretensión, señala otra para el caso de que la primera fuere denegada, estamos en la pluralidad subsidiaria de pretensiones. Si la pluralidad de pretensiones existe desde el comienzo del proceso, se dice que hay pluralidad inicial de pretensiones. Si la pluralidad aparece cuando el litigio se ha iniciado ya, estaremos en un caso de pluralidad sucesiva de pretensiones.

Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 153 a 187.


Pluralidad de instancia      |      Pluralidad de retrayentes