Enciclopedia jurídica

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Pena civil

Denominada también pena privada, se corresponde con la equiparación de la ilicitud civil al denominado delito civl. Es una manera de compensar al moralmente perjudicado, sin que sea necesario reconocerle un derecho de resarcimiento. Se trata de una indemnización impuesta más como castigo al autor de la ofensa, que como satisfacción de la víctima. De ahí la denominación con que también se la conoce: pecunia doloris.
Por influencia del sistema jurídico del Common Law, que posee una elaborada doctrina sobre daños y perjuicios, se habla de daños punitivos para referirse a los destinados a la víctima o perjudicados y que tienen una finalidad educativa. De ahí el nombre que también se les da: daños ejemplares. En todo caso, se estima que el resarcimiento económico de estos daños no debería ser objeto de cobertura aseguradora.


Pena capital      |      Pena complementaria