[DCiv] Los legitimarios o herederos forzosos son los hijos o descendientes respecto de los padres o ascendientes; a falta de éstos, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes y el viudo o la viuda en la forma y medida que establece el CC.
CC, art. 807.
Legítima.
Heredero forzoso. Sujeto pasivo de la legítima hereditaria.
Legitimar | | | Legitimarios |