Designación dada al régimen político que a fines del siglo x,,, estableció el canton suizo de Schwyz. Luego siguieron su ejemplo los cantones de Appenzell, Uri, Unterwalden y Glaris.
Consiste en un sistema particular de democracia directa, es decir, no representativa, según el cual, todos los ciudadanos activos del canton se constituyen en asamblea libre para decidir conforme a un criterio sobre cuestiones legislativas y designación de funcionarios judiciales y ejecutivos en el canton.
Este sistema de democracia directa tuvo su origen en Grecia y se considera viable en poblaciones relativamente pequeñas y con adecuada tradición y formación cívica.
En las naciones geograficamente muy extensas o muy pobladas, el régimen carece de viabilidad. Se lo reemplaza por los regímenes democráticos de tipo representativo.
Algo que guarda hoy cierta similitud con ese sistema es el referendum popular y, en la época del colonialismo hispano en América, los cabildos abiertos.
En la actualidad, el régimen de estos cantones suizos puede considerarse excepcional.
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