(Derecho Público) En su verdadero sentido, principio en virtud del cual los servicios públicos, y especialmente el de la enseñanza, tienen que descartar de su funcionamiento todo lo que podría considerarse propaganda de una religión por la administración.
Por razones históricas, este principio no se aplica en los departamentos de Alsacia y Lorena.
Se dice del movimiento político que procura realizar la sustitución
del personal religioso por el laico (Ver Gr. En escuelas y hospitales).
Concepción política que preconiza la separación entre la sociedad civil y la religiosa, de modo que el estado no ejerza ningún poder religioso y las iglesias, ningún poder político.
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