Enciclopedia jurídica

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Intuituspersonae

(Derecho Civil) , (Derecho Comercial) Consideración de la persona. Esta expresión significa que en la conclusión de un contrato (p. ej., trabajo, sociedad de personas), se toman principalmente en consideración las cualidades personales de los contratantes. V. “Intuitus pecuniae”.


Intuitus pecuniae      |      Inutilización para eximirse del servici