Ciertas garantías que se otorgan a determinados trabajadores, motivadas en su condición representativa sindical para no ser despedidos, trasladados, ni modificadas sus condiciones de trabajo, sin justa causa. Por dicho fuero se otorga a ciertos trabajadores un derecho en virtud del cual el patrono o empresario no puede, durante el tiempo que indica la ley, o mientras esta garantía de protección subsiste, despedir libremente al trabajador, o modificar sus condiciones laborales a no ser que medie la autorización correspondiente en la forma que la ley determine.
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