(Derecho Penal) Medida excepcional de individualización judicial de la sanción, que permite hacer sufrir una pena pronunciada por fracciones separadas, cuando hay motivos graves de orden médico, profesional, familiar o social. Esta posibilidad concierne a la multa, al encarcelamiento correccional o de policía y a las demás penas de la misma indole, no privadas de libertad.
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