Enciclopedia jurídica

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Fianza definitiva

Es una de las fianzas en la contratación pública y se establece por el empresario adjudicatario de un contrato con la Administración. Sirve para responder del pago de las penalidades impuestas al contratista por causa de la ejecución del referido contrato, así como por los daños y perjuicios ocasionados por el contratista al incumplir sus obligaciones contractuales. La constitución de esa garantía es similar a la fianza provisional. Su cuantía puede oscilar entre el 4 y el 8 por 100 del presupuesto contratado. En casos especiales, la Administración puede exigir una fianza complementaria, cuya cuantía suele ser del 6 por 100 del presupuesto total.

Ley de Contratos del Estado, artículo 116.


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