Enciclopedia jurídica

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Falta de servicio

Es la base de la responsabilidad administrativa cuando se ha producido un daño derivado del funcionamiento anormal de los servicios públicos. Actualmente, el funcionamiento normal queda incluido en la base de la responsabilidad referida. El término servicio público hay que entenderlo aquí como comprensivo de toda actividad administrativa; es decir, como sinónimo de giro administrativo o tráfico administrativo, y de gestión o quehacer administrativo. En todo caso, el daño alegado como base para reclamar la indemnización habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas.

Ley de Régimen jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento administrativo común, artículo 139.


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