En Derecho Procesal se denomina así la acción Cid exhibendunt; o sea, la perteneciente a la persona interesada en alguna cosa y a la cual permite la ley que, por medio de juez competente, requiera al poseedor para que la exhiba y ponga de manifiesto, con el fin de formalizar con más claridad la demanda o cerciorarse de las pruebas existentes.
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