(Seguridad Social) Derechos de pensión surgidos de las cotizaciones de un asegurado y que benefician a su cónyuge cuando el asegurado muere. En el régimen general hay dos categorías de derechos derivados: las pensiones de reversión (V. Pensión de reversión) y las pensiones de vejez de viuda o de viudo (V. Pensión de vejez del cónyuge viudo).
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