Es el derecho a la retroventa. Se refiere y se analiza la forma requerida para hacerla valer.
La jurisprudencia francesa ha resuelto que la declaración del vendedor basta para mantener vivo su derecho a reclamar la resolución, pero ésta no se opera hasta el momento en que se han depositado el precio y los accesorios.
Otros autores sostienen que la declaración, para ser válida, debe ir acompañada de la entrega efectiva del precio y accesorio.; Si el comprador lo acepta, la resolución queda consumada; de lo contrario, el vendedor debe consignar judicialmente esa suma. El ejercicio del derecho de retroventa esta naturalmente condicionada a la devolución del precio.
Es necesario que la situación de incertidumbre que pesa sobre el dominio se resuelva dentro del plazo que fije la ley. Si en ese momento el precio y los accesorios no han sido devueltos, la venta debe quedar irrevocable.
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