Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Depósito de garantía

Denominada también fianza impropia, es una variante de la prenda de títulos valores para garantizar el buen fin de un contrato bancario. El cliente, posible futuro deudor del banco, tiene depositados en éste unos valores. Con el fin de convertir este depósito en garantía prendaria, el cliente entrega al banco el resguardo de depósito reseñado en la póliza. Los títulos relacionados al dorso de ésta y representados por el referido resguardo garantizarán, hasta la suma máxima que se indique, el saldo deudor que pueda tener el cliente con el banco a consecuencia de la operación garantizada.

Código de comercio, artículos 320 a 324.


Depósito de dinero      |      Depósito de la mujer casada