Es una variedad de los depósitos bancarios de dinero caracterizada por la facultad que conserva el depositante de reintegrarse en cualquier momento de toda o parte de la suma depositada. En unos casos, se instrumenta en la modalidad de depósito en cuenta corriente, en la que el depositante o cuentacorrentista realiza reintegros con cargo a la misma mediante el talonario de cheques correspondiente. En otros casos, se instrumenta en la modalidad de cuenta de ahorro a la vista o libreta de ahorro a la vista, en la que la disponibilidad del dinero depositado no cuenta con el talonario de cheques, sino que los reintegros se verifican anotándolos en la libreta o documento correspondiente.
Código de comercio, artículos 309 y 310.
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