(Procedimiento Penal) Medida restrictiva de la libertad que obliga al inculpado a someterse a una o más obligaciones seleccionadas por el juez de instrucción entre las previstas por la ley, de conformidad con las necesidades de instrucción o por razones de seguridad. El control judicial fue instituido por la ley del 17 de julio de 1970, a fin de permitir la reducción de los casos de detención.
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