Pronunciar el juez sentencia imponiendo al reo la pena correspondiente al delito o falta cometida. | Fallar en pleito civil admitiendo en todo o en parte la demanda del actor o la reconvención del demandado. Únicamente no se condena cuando se absuelve; o sea, cuando se rechaza pura y llanamente la petición del demandante sin conceder nada al demandado. | Reprobar un dicho o un hecho.
Condenado | | | Condenatorio |