(Derecho Penal) Acto característico de la tentativa punible que directa e inmediatamente tiende a consumar la infracción. V. Tentativa.
En derecho penal, consiste en empezar a cumplir la acción delictiva
(acción típica). Ver Tentativa.
La constituyen actos difíciles de catalogar encaminadas a un fin delictivo.
Sin embargo la determinación de lo que debe entenderse por "comienzo de la ejecución" es importante: la mayor parte de las legislaciones se refieren a ese momento como basilar para hacer surgir la figura penal de la tentativa punible.
Acto material que revela el propósito de cometer un delito; por ejemplo, apostarse con armas en un lugar, penetrar con ganzúas en una casa durante la ausencia de los moradores.
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