Institución del derecho procesal en virtud de la cual procesado no reincidente que desea beneficiarse con la libertad provisional presta
promesa de presentarse siempre que sea llamado por el juez de la causa y fijar domicilio, del que no podrá ausentarse sin conocimiento y autorización del mismo, bastando su contravención para ordenar nuevamente su prisión.
Caución de buena conducta | | | Caución personal |