[DPro] Refiérase a las personas que tienen capacidad procesal para intervenir en un proceso concreto, es decir, quienes son titulares de una relación jurídica con el objeto litigioso. La falta de legitimación constituye una cuestión de fondo o material que ha de decidirse por el tribunal en sentencia y debe hacerse constar por el demandado en contestación a demanda.
te=^ LECiv, art 11.
Capacidad | | | Capacidad ad procesum |