(Derecho Penal) Es el hecho de participar en un grupo formado o en una asociación establecida con el objeto de perpetrar uno o varios delitos contra las personas o los bienes, o ciertos delitos taxativamente enumerados por la ley. Constitutiva de delito, la asociación de malhechores se encuentra sancionada con penas correccionales, pero estas no se aplicarán a los autores o cómplices que, antes de toda investigación, hayan revelado la existencia del plan a las autoridades constituidas y hayan permitido de este modo la identificación de las personas comprometidas (C. P., arts. 265 y ss.).
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