Enciclopedia jurídica

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Arrendamientos prediales

Son los que tienen por objeto bienes inmuebles constituidos principalmente por tierras o solares. Si se trata de arrendamiento de predios urbanos, se entiende que el contrato tiene la duración del período de la renta pactada. cuando es arrendamiento de predios rústicos, se entiende que la duración del mismo es el período necesario para la recolección de todos los frutos que diere el predio en un año o por una vez. Las referidas presunciones de duración de los arriendos pueden sustituirse por los contratantes fijando plazos diferentes.

Código civil, artículos 1.565 a 1.571, 1.577 y 1.581.


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