Etimológicamente deriva, como su sinónimo abolorio, del vocablo latino avus, abuelo, ascendientes mayores. El concepto está referido a la ascendencia, a los abuelos y antepasados de una persona.
Por extensión el vocablo se aplica al derecho de los descendientes para suceder en los bienes de aquellos ascendientes, o sea al patrimonio o herencia que proviene de los mismos y que se denominan bienes de abolengo.
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