También conocida como compraventa en tienda, es la realizada en establecimiento privado abierto al público. Su objeto son artículos de consumo. El pago puede adoptar diversas modalidades, que caracterizan diferentes categorías de la compraventa de bienes muebles: desde la realizada al contado, que es la variedad que goza de la presunción, hasta la conectada con un contrato de cuenta corriente, pasando por el pago con tarjeta de crédito de la misma tienda o ajena a ésta. Son reglas básicas de las compraventas en almacenes o tiendas: que el dinero del precio pagado al contado es irreivindicable; que el propietario desposeído no puede reivindicar la cosa vendida en almacén o tienda.
Código de comercio, artículos 85, 86 y 87.
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