Espacios dentro de las áreas de reparto en los que se cumplen las obligaciones de cesión de terrenos, equidistribución y urbanización de la totalidad de su superficie, constituyendo, pues, la unidad normal de actuación en la gestión urbanÃstica. En suelo urbano, pueden ser discontinuas; en suelo urbanizable programado, las unidades de ejecución incluirán todos los terrenos. En suelo urbano, podrán contenerse las unidades en el planeamiento general; en el urbanizable programado, las unidades de ejecución se delimitarán por el Ayuntamiento.
Ley del Suelo y ordenación urbana, artÃculos 144 y 146.
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