La suspensión de la prescripción consiste en la paralización de un curso por causas contemporáneas o sobrevinientes a su comienzo, establecidas por la ley. Se computa el período transcurrido hasta la aparición de la causal de suspensión, prescindiéndose del tiempo en que ella opera, y el curso de la prescripción se reanuda una vez que cesa el motivo por el cual se suspendió.
Se contabiliza, pues, el tiempo anterior a la suspensión, sumado al posterior a ella.
Suspensión de la obligación de realiza | | | Suspensión de pagos |