Derecho Constitucional
Sistema de asignación de cargos electivos inspirado en el principio de las mayorías y por el que aquéllos se atribuyen a la candidatura que obtenga mayor número de votos. Este sistema atribuye representación sólo a las mayorías, pero cuando se aplica sobre una distribución del electorado en circunscripciones uninominales (como es el caso en los países anglosajones, sobre todo), la distribución desigual del electorado de los partidos hace que queden representadas las minorías más fuertes. El sistema puede requerir la mayoría absoluta o la relativa, y combinarse con la celebración de dos vueltas, concurriendo en la segunda sólo las candidaturas más votadas.
Suele incluirse en esta especie de sistemas electorales la variante de los sistemas de representación relativa de las minorías, en los que, mediante el método del «voto limitado», se permite a cada elector vota a un número de candidatos inferior al de escaños. Éste es el sistema empleado para la elección de los senadores en España, cuya naturaleza esencialmente mayoritaria queda así corregida en sentido proporcional.
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