[DPro] En el orden penal pueden interponerse contra las resoluciones judiciales los siguientes recursos: 1) recurso de reforma, contra autos de un órgano unipersonal; 2) recurso de súplica, contra autos de un órgano colegiado; 3) recurso de queja, contra autos; 4) recurso de apelación, contra sentencias
y autos; 5) recurso de casación, contra sentencias y autos, por infracción de ley y por quebrantamiento de forma, y
6) recurso de revisión, contra sentencias firmes.
Recurso de casación penal; Recurso de casación por infracción de ley; Recurso de casación por quebrantamiento de forma.
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