Con esta expresión, derivada de la inglesa field of use restrictions, se designan las limitaciones del campo técnico de aplicación de la tecnología transferida, especialmente la contenida en la modalidad de know how. Dichas limitaciones suelen establecerse en los contratos que tienen por objeto una tecnología susceptible de ser utilizada en distintos contratos o en la realización de productos o servicios diversos. El titular del know how que lo explota sólo en uno de dichos posibles campos de aplicación no desea conceder licencia a otros si con ello facilita la entrada de un nuevo competidor en el mercado en que actúa el transferente.
Real Decreto 1750/1987, de 18 de diciembre, derogado por Real Decreto 1861/1991, de 20 de diciembre, que liberaliza totalmente la Transferencia de tecnología extranjera a empresas españolas.
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