En la Argentina fue creado por ley del 29 de septiembre de 1933, no.
11752, con el nombre de Registro Nacional de reincidencia y estadística criminal y carcelaria. Corresponde a su función el registro de los:
a) datos personales y de vida civil y profesional de los condenados; b) datos personales y de rebeldía (prófugos); c) archivo dactiloscópico; D) estadística.
El valor de la reincidencia se ve reflejado -en detalle y significado- en la peligrosidad, inadaptabilidad e irreducabilidad, y el código penal argentino, como la mayoría de los ordenamientos, lo tiene presente en varias de sus normas.
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