(Procedimiento Civil) “Por razón de la persona, por razón de la materia, por razón del lugar”. V. Competencia.
ciados, o algunos de ellos, son personalmente responsables del pasivo social; está compuesto exclusivamente del nombre de esos socios o del de algunos de ellos, seguido de la locución “y Compañía”.
Esta razón social puede, en ciertas condiciones, coexistir con una denominación caprichosa.
Ratione personae | | | Rato |