Cuota o porción, que toca a uno, de lo que se reparte entre varios, hecha la cuenta proporcionada a lo más o menos que cada uno debe pagar o percibir.
En derecho tiene aplicación en relación con situaciones de deudores, acreedores (legados, concursos, pluralidad o socios, que en ciertas circunstancias deberán pagar, percibir o aportar a
prorrata de la proporción de cada uno en el negocio, crédito o cuota social.
Esta voz y las locuciones pro rala y a prorrata significan la parte, cuota o porción que toca a uno o a cada uno en el reparto o distribución que de un todo se realiza entre varios, hecha la cuenta proporcional, activa o pasiva de cada cual.
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