Es la modalidad dominical que se proyecta sobre el objeto de la propiedad horizontal o espacio independiente; es decir, el espacio suficiente delimitado y susceptible de aprovechamiento independiente -ya que tiene salida propia a un elemento común del edificio al que pertenece, o la vía pública- con los elementos arquitectónicos e instalaciones de cualquier clase que se hallen dentro de sus límites, con sus anejos señalados de forma expresa y aunque estén fuera de los referidos límites. A esto hay que añadir la participación inherente en los elementos comunes, conforme a la cuota de que sea titular.
Código civil, artículo 396. Ley de Propiedad horizontal, artículo 3.
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