(Derecho Civil) , (Procedimiento Civil) Plazo otorgado para cumplir un acto, pero a cuya expiración se incurre en una perención. (V. esta palabra).
El plazo prefijado en principio no puede ser ni interrumpido ni suspendido. V. Prescripción civil.
Plazo perentorio | | | Plazo probatorio o de prueba |