(Derecho Civil) Obligación que pesa sobre una persona de suministrar ayuda, principalmente en dinero, y por excepción en especie, a un pariente próximo o allegado que se encuentre en necesidad.
Obligación que la ley impone a determinadas personas, de suministrar al otras (cónyuge, parientes y afines próximos) los recursos necesarios para la vida, si estas últimas se hallan en la indigencia y las primeras cuentan con medios suficientes.
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