[DTr] Medio documental a través del cual se liquida y abona el salario puntualmente al trabajador en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El período temporal de pago de las retribuciones periódicas y regulares no puede exceder de un mes. Este medio documental del salario consistirá en un recibo individual y justificativo del pago del mismo que se ajustará, con carácter general, al modelo que apruebe el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. jfüEñ ET, art. 29; STSJ Comunidad Valenciana 16-05-2001.
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