Cuando la donación con cargo deja de ser un negocio gratuito para convertirse en oneroso? cuando la desproporción de las prestaciones convierte el negocio supuestamente oneroso en una donación? este es uno de los problemas clásicos del derecho civil; las dificultades provienen de que la mayor parte de los autores se niega a escindir que ha sido único en el ánimo de las partes. El código civil argentino ha seguido un sistema practico: tanto las donaciones con cargo como las remuneraciones, se consideran negocios onerosos en la medida del valor del cargo o en la de la justa retribución del servicio prestado; al excedente se aplica el régimen de las donaciones.
Cualesquiera sean las objeciones teóricas que puedan formularse contra esta solución, la verdad es que ella resuelve el problema con un criterio practico y justo.
Negotium | | | Nemine res sua servit |