(Derecho Internacional Privado) Término de la época feudal que designa al individuo nacido fuera de la señoría (del latín alibi natus, nacido en otra parte) y afectado, por ese hecho, con ciertas incapacidades.
En el pasado, derecho de los Reyes y señores para suceder en los bienes de los súbditos que morian sin sucesión legítima.
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