Se dice de la norma que legisla sobre materias no comprendidas en el cuadro de la autonomía de la voluntad (Ver Gr., La acción Paulina o revocatoria; la regla que presume legitimado el derecho al poseedor de bienes muebles; facultades del tutor; inscripción de hipotecas).
Estas normas se distinguen de las imperativas en que estas últimas ordenan o prohiben hacer alguna cosa, en tanto que las dispositivas regulan situaciones que están fuera de la voluntad de los individuos, por el hecho de no ser contractuales.
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