(Derecho Laboral) Indexación de los salarios según el nivel general de los precios (escala móvil simple) o, a la vez según los precios y según la renta nacional (escala móvil doble). Menos en lo que concierne al S.M.C. (Salario Mínimo de Crecimiento) y antes del S.M.I.G. (Salario Mínimo Inter- profesional Garantizado. V. estas palabras), la indexación de los salarios está generalmente prohibida, pero esta prohibición es hoy muy controvertida.
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