[DPro] La ejecución provisional de las resoluciones judiciales se produce cuando, a pesar de estar recurridas, éstas pueden ejecutarse por la parte favorecida en sus pretensiones. La ejecución provisional de sentencias está prevista en el orden civil y contencioso-admi- nistrativo; no obstante, para poderse ejecutar en determinados supuestos, debe cumplimentar la parte ciertas garantías previstas en la legislación correspondiente.
£221 LECiv, arts. 524 ss.; LJCA, art. 84.
Ejecución provisional | | | Ejecución satisfactiva |