Enciclopedia jurídica

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Doble original

(Derecho Civil) , (Procedimiento Civil) Formalidad que exige en su conclusión el establecimiento del acto en varios ejemplares. Así, en las convenciones bajo firma privada, hay que entregar un original a cada parte que tenga un interés distinto; y en los embargos judiciales, el primer original es para el escribano, y el segundo para el demandante.


Doble nacionalidad      |      Doble presentación de la letra