Es una consecuencia del derecho de paternidad intelectual. Se manifiesta cuando un autor utiliza fragmentos de una obra ajena ya divulgada, con el fin de analizar, comentar o enjuiciar dicha obra. Para utilizar estos fragmentos sin permiso del autor o titular del derecho de explotación, deberá hacerse con fines docentes o de investigación, en la medida necesaria a tales fines e indicando siempre la fuente y el nombre del autor. Si se desbordara por el citante el concepto de fragmentos, se requerirá la previa autorización del citado, que podrá concederla fijando una compensación económica.
Ley de Propiedad intelectual, artículo 32.
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